Este Reglamento Estándar es vinculante para todos los eventos y reservaciones realizadas en PalaFiesta. Garantiza la convivencia respetuosa con vecinos y la protección de los inmuebles.
Contenido del Reglamento
Todos los eventos celebrados en quintas, salones, terrazas o jardines deberán respetar el límite máximo de emisión sonora de 85 decibeles (dB) medidos en el perímetro del inmueble. A partir de las 23:00 horas (11:00 PM), el volumen del sistema de sonido o música en vivo deberá reducirse a un máximo de 68 dB en áreas exteriores o terrazas abiertas. Si la autoridad municipal emite una multa o apercibimiento por ruido excesivo, el Organizador (Renter) será responsable del pago íntegro de la sanción económica impuesta.
Los eventos deberán concluir estrictamente en el horario acordado en la reservación (máximo 02:00 AM para recintos nocturnos). Se otorga un margen de tolerancia de 30 minutos posteriores al horario de cierre para la desocupación total del recinto por parte de los asistentes y la recogida de equipo de los proveedores. El exceso en el tiempo de ocupación sin previa autorización del Anfitrión causará un cobro automático equivalente al 150% de la tarifa por hora pactada, descontándose del Depósito de Garantía.
Queda estrictamente prohibida la venta directa o suministro de bebidas alcohólicas a menores de 18 años. El Renter asume la responsabilidad legal total por cualquier incidente derivado del consumo de alcohol. Asimismo, queda prohibido el ingreso o consumo de sustancias ilícitas, así como el uso de pirotecnia, fuegos artificiales o confeti metálico sin autorización explícita por escrito del Anfitrión.
Al inicio y al término del evento se podrá realizar una inspección visual de la propiedad entre el Anfitrión y el Renter. En caso de detectar roturas de mobiliario, afectación a áreas verdes/alberca o daños a instalaciones, el Anfitrión deberá notificar a PalaFiesta adjuntando evidencia fotográfica en un lapso no mayor a 24 horas post-evento. PalaFiesta retendrá el importe cotizado a cargo del Depósito de Garantía preautorizado. Si los daños superan el depósito, el Renter se obliga a cubrir el excedente resultante en un plazo máximo de 5 días hábiles.